TL;DR: La SICT amplió el plazo de verificación físico-mecánica y de emisiones hasta el 31 de diciembre de 2025. Revise el calendario por dígito de placa y prepare la documentación necesaria para evitar sanciones.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) hizo oficial una prórroga que respira alivio en el sector del autotransporte federal mexicano. A través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), la dependencia publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la extensión del plazo para que permisionarios realicen las verificaciones de condiciones físico-mecánicas y de emisiones contaminantes de sus unidades hasta el 31 de diciembre de 2025. La medida entró en vigor el 3 de diciembre, apenas un día después de su publicación oficial.
El Contexto: Una Industria Bajo Presión
El autotransporte federal en México enfrenta desde hace años una creciente presión regulatoria. Las verificaciones obligatorias no son un simple trámite burocrático, sino un mecanismo fundamental para garantizar la seguridad vial y la protección del medio ambiente. Este proceso evalúa tanto las condiciones físico-mecánicas de las unidades como las emisiones contaminantes, estableciendo estándares cada vez más estrictos que buscan modernizar el parque vehicular del transporte de carga en todo el país.
La norma NOM-068-SCT-2-2014 es el marco regulatorio que rige estas inspecciones. Durante el proceso, los camiones son sometidos a pruebas técnicas exhaustivas que evalúan componentes esenciales como frenos, dirección, suspensión, luces y dispositivos de seguridad. Los inspectores certificados también revisan sistemas críticos como motor, transmisión, sistemas eléctricos e hidráulicos, además de la estructura general del vehículo.
¿Quiénes Están Obligados?
La prórroga aplica a un amplio espectro: personas físicas y morales permisionarias de servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga; transporte privado de personas y de carga; arrastre privado; autotransporte internacional de pasajeros, turismo y carga; y quienes prestan servicios auxiliares de paquetería, mensajería, arrastre y salvamento.
Sin embargo, no todos tienen el mismo calendario. La SICT estableció un sistema de verificación semestral que divide el año en dos períodos: el primero del 1 de enero al 30 de junio, y el segundo del 1 de julio al 31 de diciembre. Dentro de este segundo semestre, el cronograma se organiza por dígitos de placa:
- Placas terminadas en 5 o 6: julio-agosto (con prórroga hasta septiembre)
- Placas terminadas en 7 u 8: agosto-septiembre (también con extensión hasta septiembre)
- Placas terminadas en 3 o 4: septiembre-octubre
- Placas terminadas en 1 o 2: octubre-noviembre
- Placas terminadas en 9 o 0: noviembre-diciembre
La Justificación Oficial
La SICT justificó esta prórroga argumentando que busca "garantizar el cumplimiento eficiente y efectivo de las obligaciones normativas por parte de los permisionarios sujetos a verificación". En términos prácticos, la medida pretende evitar saturaciones en las unidades de inspección, reducir sanciones por incumplimiento oportuno y evitar sobrecostos para los operadores.
"La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ha determinado extender el periodo de verificación correspondiente, con el fin de que los permisionarios puedan cumplir con la verificación de manera ordenada y evitar saturaciones en las unidades de inspección", señala el documento oficial publicado en el DOF.
Emisiones Contaminantes: El Componente Ambiental
Un aspecto crucial de esta regulación es la verificación de emisiones contaminantes. Para vehículos que utilizan diésel como combustible o mezclas que incluyan gasolina, gas licuado de petróleo o combustibles alternos, la extensión del primer período de verificación se ajustó del 31 de julio al 31 de diciembre de 2025.
Esta evaluación ambiental incluye pruebas de opacidad de humo para motores diésel y análisis de concentración de gases. Responde a los compromisos internacionales de México en materia de reducción de emisiones y representa una oportunidad para que el sector del autotransporte contribuya activamente a la protección del medio ambiente. En 2025, el autotransporte federal y el transporte privado deben presentar verificación semestral obligatoria de emisión de contaminantes, una modalidad que representa un avance significativo en los estándares ambientales.
Las Consecuencias del Incumplimiento
A pesar de la prórroga, las sanciones por verificación extemporánea siguen siendo una realidad. La multa se aplica automáticamente si se pasa del período asignado. En la Ciudad de México, existe un margen de gracia de hasta 15 días, pero solo si se comprueban situaciones como rechazo reciente o problemas con adeudos; de lo contrario, aplica la multa completa.
La SICT ha advertido que el incumplimiento puede derivar en sanciones significativas e incluso el retiro de la unidad si no se verifica oportunamente. Para los operadores, esto representa un riesgo operativo considerable que puede paralizar sus actividades.
Documentación Requerida
Los operadores deben asegurar que sus unidades cuenten con documentación completa para la inspección: pólizas de seguro vigentes, permisos correspondientes y registros de mantenimiento actualizados. Esta exigencia busca garantizar que los vehículos no solo cumplan con estándares técnicos, sino que también estén legalmente protegidos.
Perspectiva y Outlook Económico
La prórroga representa un respiro temporal para una industria que ha enfrentado múltiples desafíos en los últimos años. Sin embargo, también refleja una realidad más profunda: la modernización del parque vehicular mexicano requiere inversión significativa. Los operadores deben invertir en mantenimiento preventivo, reparaciones y, en algunos casos, renovación de unidades para cumplir con estándares cada vez más exigentes.
A mediano plazo, estas regulaciones impulsarán una transformación en el sector logístico. Las empresas que inviertan en tecnología y mantenimiento preventivo tendrán ventajas competitivas. Aquellas que no se adapten enfrentarán sanciones crecientes y posible exclusión del mercado federal.
La prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 no es una solución definitiva, sino una medida de transición. La SICT ha dejado claro que el cumplimiento normativo no es negociable. Para el autotransporte de carga, la pregunta ya no es si modernizarse, sino cuándo hacerlo. Quienes esperen hasta el último momento enfrentarán saturación en centros de inspección y riesgos operativos. La ventana de oportunidad está abierta, pero se cierra rápidamente.
Preguntas frecuentes
La prórroga publicada en el Diario Oficial de la Federación extiende el plazo hasta el 31 de diciembre de 2025.
A permisionarios del autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga y servicios auxiliares; ver cronograma por dígito de placa.
Multas automáticas, posible retiro de unidad y sanciones administrativas; revise normatividad local.
Fuentes
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5774855&fecha=02/12/2025#gsc.tab=0
https://www.dufrei.com/blog/noticias-2/verificacion-fisico-mecanica-2025-sict-extiende-plazo-91