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Hidrocarburos: Nueva Manifestación Impacto Social Energético

La SENER publica disposiciones sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético. Obliga a evaluar efectos en comunidades para proyectos de hidrocarburos y electricidad, también con impacto en el autotransporte de hidrocarburos.
16 de febrero de 2026 por
Hidrocarburos: Nueva Manifestación Impacto Social Energético
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Puntos Clave con Inteligencia Artificial

  • SENER publica disposiciones sobre Manifestación de Impacto Social obligando a evaluar efectos en comunidades para proyectos de hidrocarburos, electricidad y transporte de combustibles, con entrada en vigor inmediata.
  • Proyectos se clasifican en tres formatos según escala: A para menores (expendio con tanques pequeños), B medianos y C grandes (generación >400 MW), con plazos de resolución hasta 90 días hábiles.
  • Autotransporte enfrenta trámites extras en permisos de almacenamiento/distribución de hidrocarburos: costos adicionales de ~$500K por estudios sociales y demoras de 60-90 días en formato A (bodegas <300K litros).
  • A corto plazo empresas pausan expansiones; mediano plazo trae estabilidad operativa. El 40% de hidrocarburos viaja por autotransporte, requiriendo capacitación en nuevos requisitos y software GIS para mapas georreferenciados.
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TL;DR: SENER publica nuevas disposiciones que obligan a evaluar impactos sociales en proyectos de hidrocarburos y electricidad. Afecta directamente al autotransporte de carga que requiere permisos para transporte, almacenamiento y distribución de combustibles, con requisitos de perspectiva de género, consultas comunitarias y plazos de resolución de hasta 90 días hábiles.

La Secretaría de Energía (SENER) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético. El acuerdo, firmado por la titular Luz Elena González Escobar, establece reglas obligatorias para evaluar los efectos sociales de proyectos en hidrocarburos, electricidad, geotermia y biocombustibles. Entra en vigor de forma inmediata y afecta a todas las empresas que busquen permisos para exploración, extracción, generación eléctrica y transporte de combustibles, incluido el autotransporte de hidrocarburos.

La medida responde al Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, que prioriza la justicia energética. Obliga a los promoventes a presentar un análisis detallado antes de iniciar cualquier obra: identificación de áreas de influencia, caracterización de localidades y un Plan de Gestión Social con beneficios compartidos para las comunidades. El objetivo es garantizar la sostenibilidad de los proyectos y el respeto a los derechos humanos, con énfasis especial en pueblos indígenas y afromexicanos.

Requisitos clave para proyectos energéticos

La Manifestación de Impacto Social es un documento técnico que describe tanto los impactos positivos como negativos de un proyecto. Debe cubrir todas sus etapas: preparación del sitio, construcción, operación y desmantelamiento.

Los proyectos se clasifican en tres formatos según su escala. El Formato A aplica a proyectos menores, como expendios de combustibles con tanques de hasta 300,000 litros. El Formato B corresponde a proyectos de tamaño intermedio. El Formato C se exige para los de mayor envergadura, como la generación eléctrica superior a 400 MW o la extracción de hidrocarburos a gran escala.

Se eximen algunos casos específicos, como la distribución eléctrica de baja tensión o ciertas importaciones. Para los proyectos sujetos a evaluación, los promoventes deben delimitar tres zonas georreferenciadas: el área núcleo (con zona de amortiguamiento de 500 metros), el área de influencia directa y el área de influencia indirecta. Todos los trámites se gestionan ante la SENER a través de la Ventanilla Energía.

La perspectiva de género es un eje transversal de la norma. Se requieren datos desagregados por sexo, medidas para garantizar equidad en empleos y beneficios, y canales seguros para la atención de quejas presentadas por mujeres. Esta disposición sustituye a la anterior Evaluación de Impacto Social (EVIS) y reduce los tiempos de resolución a un máximo de 90 días hábiles.

Contexto normativo y antecedentes

Las nuevas reglas se derivan de las reformas energéticas de 2025. La Ley del Sector Hidrocarburos (artículo 149) y la Ley del Sector Eléctrico (artículo 133) mandan salvaguardar los derechos de las comunidades en el entorno de los proyectos. La anterior EVIS podía demorar hasta dos años por sus procesos presenciales, una carga que generaba incertidumbre para la inversión.

Con la nueva Manifestación, el cumplimiento es vinculante: la SENER puede negar autorizaciones si detecta riesgos para la subsistencia cultural de una comunidad o impactos negativos significativos, como reasentamientos forzados. Publicaciones especializadas como Factor Energético destacan que la norma alinea a México con estándares internacionales y brinda mayor certeza jurídica para la inversión privada al establecer plazos y criterios claros. La SENER verificará el cumplimiento mediante inspecciones, y cualquier modificación sustancial al proyecto obligará a presentar una nueva manifestación.

Impacto directo en el autotransporte de hidrocarburos y la logística

El autotransporte de carga que opera con hidrocarburos resiente el impacto de forma directa. Cualquier proyecto de almacenamiento o distribución, desde una bodega de menos de 300,000 litros (Formato A) hasta una terminal de gran escala (Formato C), deberá contar con la aprobación social antes de iniciar operaciones. Esto afecta los tiempos de habilitación de nuevas instalaciones, las rutas de carga y los procesos de cumplimiento regulatorio de las empresas transportistas.

Los costos operativos se incrementan por los estudios sociales requeridos: consultas comunitarias, planes de mitigación y monitoreo con indicadores medibles. Adicionalmente, los nuevos ductos o terminales clasificados como Formato C pueden alterar corredores viales, ya que las áreas de influencia indirecta contemplan las rutas de tránsito de camiones y sus riesgos acumulativos.

Sin embargo, la norma también abre oportunidades: los beneficios sociales contemplados en los planes de gestión pueden canalizarse hacia mantenimiento vial o capacitación de operadores en las comunidades de influencia. Las empresas que adopten una postura proactiva, invirtiendo en herramientas GIS y en alianzas con consultores sociales especializados, estarán mejor posicionadas para agilizar sus trámites y reducir tiempos muertos.

Perspectiva para el sector a corto y mediano plazo

En el corto plazo, es previsible que algunas empresas revisen o posterguen proyectos de expansión mientras adaptan sus procesos a los nuevos requisitos. A mediano plazo, los proyectos que cuenten con su Manifestación aprobada ganarán estabilidad operativa y menor exposición a conflictos sociales, un diferenciador competitivo real en regiones de alta sensibilidad.

Para el sector logístico, la urgencia inmediata es capacitar a los equipos en los nuevos trámites y entender qué tipo de proyectos activan cada formato. Las empresas que integren la justicia energética como parte de su estrategia operativa no solo reducirán riesgos regulatorios: también fortalecerán su reputación ante comunidades, autoridades e inversionistas.

FAQ

Es un documento técnico que describe impactos positivos y negativos de proyectos energéticos en comunidades. Debe cubrir etapas como preparación del sitio, construcción, operación y desmantelamiento, evaluando efectos en hidrocarburos, electricidad, geotermia y biocombustibles.

Impacta directamente en empresas de transporte de hidrocarburos por ducto u otros tipos carretera. Empresas deben presentar evaluaciones sociales antes de operar, delimitando áreas núcleo con zona de amortiguamiento de 500 metros, lo que añade pasos en trámites ante SENER vía Ventanilla Energía.

Los proyectos se clasifican en tres formatos según escala: Formato A para proyectos menores (como expendio de combustibles con tanques pequeños o bodegas menores a 300,000 litros), Formato B para medianos y Formato C para grandes (generación eléctrica mayor a 400 MW o extracción de hidrocarburos).

La SENER tiene hasta 90 días hábiles para resolver las solicitudes, un plazo significativamente menor comparado con la antigua Evaluación de Impacto Social (EVIS) que demoraba hasta dos años por procesos presenciales.

Sí, la Manifestación es vinculante. SENER puede negar autorizaciones si hay riesgos a la subsistencia cultural o impactos significativos negativos, como reasentamientos forzados. La autoridad verificará cumplimiento con inspecciones y si un proyecto se modifica sustancialmente, requiere nueva manifestación.

Fuentes

• DOF - ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético (2026). URL: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780166&fecha=16/02/2026

https://factorenergetico.mx/sener-publica-el-anteproyecto-de-las-DACGs-sobre-la-manifiestación-de-impacto-social-del-sector-energético/

https://www.tutornegotia.com/es/noticias/news/manifestacion-de-impacto-social-en-el-sector-energetico

https://segambiental.com.mx/elementos-tecnicos-de-la-evaluacion-de-impacto-social-en-el-sector-energetico/

https://ventanilla.energia.gob.mx/detalle_tramite/MQ==

https://www.cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/59624

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